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Cuántos depósitos en efectivo puedes hacer sin tener problemas con el SAT

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Redacción

El funcionamiento del Servicio de Administración Tributaria (SAT) genera, a veces, más preguntas que respuestas. Una de ellas es cuántos depósitos en efectivo es posible hacer sin que este organismo entre en alerta.

Y es que son muchos los mitos en torno a algunos cobros que el SAT realiza, a lo que se suma el estrés que genera presentar la declaración anual o los pagos, en caso de que no se tenga saldo a favor.

Hace algunos años la Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo estimaba un impuesto del 3% a todo aquel movimiento que ascendiera a más de 15 mil pesos; sin embargo, fue derogada el 1 de enero de 2014, es decir, ya no es obligatorio reportar dichos depósitos.

Ahora, la reglamentación que regula este tipo de depósitos es la Ley del Impuesto sobre la Renta, la cual establece que las instituciones que forman parte del sistema financiero deben informar al SAT los depósitos en efectivo que se realicen en las cuentas abiertas a nombre de contribuyentes.

Esto debe realizarse de manera anual y a más tardar el 15 de de febrero, siempre y cuando el acumulado de los depósitos en todas las cuentas de las que el contribuyente sea titular exceda de 15 mil pesos.

También deben reportarse todas las adquisiciones en efectivo de cheques de caja.

De tal forma que es posible realizar una cantidad ilimitada de depósitos en efectivo, siempre y cuando el monto total no exceda de los 15 mil pesos en un mes.

De acuerdo con la ley, un primer caso es cuando los ingresos con los que se realiza el depósito no sean declarados..

Otro más es si la autoridad fiscal ejerce sus facultades de comprobación; y, finalmente, si el contribuyente no sustenta documentalmente en su contabilidad el registro de los depósitos bancarios.

El impuesto que deberá pagarse es el ISR, para lo cual existe una tabla que podría ayudar a calcular la cantidad del pago según los ingresos.

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